“…es importante establecer que el principio de razón suficiente expresa una conexión, es decir, que no se puede percibir de manera aislada o independiente los medios de prueba, los juicios y conclusiones que se derivan, si no de manera en conjunto, relacionándose unos con otros, ya que a través del juicio que se parte es la razón de la conclusión que se obtiene.
Por ello, cuando lo que se está reclamando es la vulneración a la razón suficiente con respecto a determinados medios de prueba, es fundamental verificar la fundamentación de los juicios derivados de estos, respetando el principio de identidad, y a la vez que todo el material probatorio no sea contradictorio de los juicios que se derivan, porque al momento que se revisen dichos juicios, se verificara la conclusión del Tribunal de Sentencia…”